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Noticias – SyJ – Gremio Sanidad CCT 108/75 y 122/75 – Acuerdo salarial 02/2025.
Se optimizan conceptos para las liquidaciones a partir del 02/2025.
Atención: A partir de 02/2025 se deberá modificar el sueldo básico informado por el de la escala 05/2020 (Acuerdo del 16/03/2020, para el CCT 108/75 y Acuerdo del 19/03/2020, para el CCT 122/75), para los que venían calculando con el sueldo básico de 2019.
Importante: Para visualizar una explicación sobre la modificación realizada hacer clic aquí para el CCT 108/75 o hacer clic aquí para el CCT 122/75.
Dado que se han presentado diferentes interpretaciones relacionadas con los aportes a cargo de los empleados sobre el Acuerdo, ponemos a disposición las fórmulas correspondientes, según la modalidad de liquidación que se adopte:
– Opción A: Si Ud. considera que sobre el nuevo aumento el empleado deberá realizar sólo aportes de Obra Social, y el empleador sólo la contribución correspondiente a Obra Social:
– CCT 122/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.
– CCT 108/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.
– Opción B: Si Ud. considera que sobre el nuevo aumento el empleado deberá realizar los aportes de: Jubilación, Ley 19032 y Obra Social, y el empleador sólo la contribución correspondiente a Obra Social:
– CCT 122/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.
– CCT 108/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.