SyJ – Doble Indemnización – prórroga Decreto 528/2020

Se anticipa la optimización de los siguientes conceptos para adecuar los montos por la doble indemnización según decreto 528/2020.

Optimizaciones:

–     0198 INTEGRACION MES DESPIDO
–     0289 PREAVISO PER.PRUEBA L. 25877
–     0290 PREAVISO
–     0292 INDEM.POR ANTIGUEDAD

Sindicales/Rurales:
–    Nº sugerido 0288 INDEM.POR ANTIGUEDAD RURAL

Recuperar conceptos:

1) Descargar:
Hacer click AQUÍ para descargar el archivo Sj202006IND.EXE.
En el caso de que el navegador de Internet no consulte dónde guardar el archivo, configurarlo mediante este instructivo.

Ingresar en la ubicación donde se descargó el archivo y ejecutar el mismo (doble click sobre el archivo). Si se presenta una Advertencia de Seguridad, elegir la opción EJECUTAR. Luego, seguir las instrucciones de la pantalla.

Al finalizar el proceso encontrará en C:\Sindicales\Indemnizaciones los archivos necesarios para obtener los conceptos enviados.

 

2) Importar conceptos:

– Desde el módulo de Sueldos y Jornales, menú Útiles / Conceptos de liquidación / Importar/Exportar Conceptos de liquidación: seleccionar la opción Importar.
– En [Origen] buscar la carpeta C:\Sindicales\Indemnizaciones.
– En la grilla se visualizarán los conceptos enviados.
– Hacer click en la columna Sel, para seleccionar el concepto a incorporar. De no corresponder el número sugerido en la columna Nuevo Código, modificar por el que corresponda.
– El número de concepto sugerido para INTEGRACION MES DESPIDO será 0198.
– Hacer click en [Importar]. Aparecerá el mensaje “Precaución: Concepto existente” que indicará que el código ya existe dentro de los Conceptos de liquidación del sistema. Se pregunta ¿Desea reemplazarlo? Al responder [Sí] quedará grabada la modificación que se envía.

Lo indicado para el concepto INTEGRACION MES DESPIDO vale para los demás conceptos enviados.

IMPORTANTE: luego de importar los conceptos, ir al menú Útiles / Conceptos de liquidación / Análisis de variables para el cálculo y ejecutar el proceso. Al finalizar, cerrar la pantalla que muestra las nuevas variables, de corresponder.

 

Utilizar conceptos:

Nº sugerido: 0198  INTEGRACIÓN MES de DESPIDO: Cargar en Novedades informando en la columna CANTIDAD los días que correspondan.

Si se realizó la liquidación auxiliar, el sistema tomará la remuneración con descuento (Rem. Habitual) y sin descuento (PRA12, PSD, APOS) de la tabla de VAC_REMHABITUAL del mes de la liquidación, dividiendo por los días del mes y multiplicando por los días que correspondan. Si no existe la tabla, El importe lo obtiene multiplicando esa cantidad por el valor del día básico.
Si no se deseara considerar en el cálculo los conceptos no remunerativos, colocar en Empresa/Definir, en la solapa Notas, la variable INDEM_NOREM=NO
Se puede colocar directamente el importe en Novedades, en la columna IMPORTE.

 

Nº sugerido: 0289  PREAVISO PER.PRUEBA L. 25877: Cargar en Novedades, de corresponder con las disposiciones de la Ley 25877 para empleados en periodo de prueba con ingreso posterior al 28/03/2004. Se paga el sueldo por 15 días.
Se puede informar directo como alternativa: el sueldo en columna IMPORTE de Novedades.

Nº sugerido: 0290  PREAVISO: Cargar en Novedades. Liquidará el importe equivalente a un sueldo, si la antigüedad del empleado es igual o menor a 5 años; y dos sueldos, si la antigüedad es mayor. Para ello, tomará como base, si se realizó la liquidación auxiliar, la remuneración con descuento (Rem. Habitual) y sin descuento (PRA12, PSD, APOS) de la tabla de VAC_REMHABITUAL del mes de la liquidación. Si no existe la tabla, tomará la remuneración habitual del mes anterior, que buscará en la tabla de haberes, o la remuneración habitual de la liquidación actual, si la fecha de egreso coincide con el último día del mes.
Si no se deseara considerar en el cálculo los conceptos no remunerativos, colocar en Empresa/Definir, en la solapa Notas, la variable INDEM_NOREM=NO
En el caso de que existiera antigüedad reconocida en días y no se deseara considerarla en los cálculos para el preaviso, ingresar en Empleados/Legajo y en la solapa Observaciones y Notas colocar la variable ANTREDI = NO.
Para considerar lo dispuesto por el Art. 95º de la Ley Nº 24467 colocar en Empresa/Definir, en la solapa Notas, la variable CONVENIO = PYME.
Se puede informar otra base de cálculo en la columna IMPORTE de Novedades y los años de antigüedad en la columna CANTIDAD.

 

Nº sugerido: 0292  INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD: Cargar en Novedades sin indicar nada.
Si está completa la tabla de HABERES del empleado, el sistema calculará el importe en forma automática. Tomará como base la mejor remuneración HABITUAL de los últimos doce meses más la RemSinDes con OS y de existir datos de Remuneraciones VARIABLES y horas extras no remunerativas al 50 y 100, tomará el promedio de los últimos 6 meses (considerando también las remuneraciones habituales y variables de la liquidación actual, si existieran).
Si no se deseara considerar en el cálculo los conceptos no remunerativos, colocar en Empresa/Definir, en la solapa Notas, la variable INDEM_NOREM=NO
Si no se deseara considerar en el cálculo el promedio de remuneraciones variables, colocar en Empresa/Definir, en la solapa Notas, la variable PROVAR = NO.
Para que el cálculo tenga en cuenta el tope indemnizatorio del Art. 245º LCT, se deberá informar colocando la variable TOPE = XXXX.XX (donde XXXX.XX es el importe correspondiente) en la solapa Observaciones y notas del empleado o en la solapa Notas de la Empresa (si es aplicable a todos los trabajadores de la empresa).
También se puede forzar el valor a liquidar ingresándolo en la columna IMPORTE.

 

Nº sugerido: 0288  INDEM. POR ANTIGÜEDAD RURAL: Corresponde a los art. 16 y 22 de la Ley 26727. Ingresar por NOVEDADES sin informar nada más. En caso de que no se deseara considerar la antigüedad reconocida en días en los cálculos, ingresar en Empleados / Legajo / Observaciones y Notas la variable ANTREDI = NO
El tope indemnizatorio puede ingresarse indistintamente la variable TOPE = XXX.XX (donde XXX.XX es el importe) en la solapa Notas de la empresa o en Empleados / Legajo / Observaciones y Notas.
El sueldo se toma de la mejor remuneración HABITUAL de los últimos doce meses y de existir datos de Remuneraciones VARIABLES, tomará el promedio de los últimos 6 meses. Si no se desea que tome las Remuneraciones VARIABLES, se deberá ingresar en la pestaña Notas de la Empresa lo siguiente: PROVAR = NO
Se puede informar directo como alternativa: el monto total a pagar en IMPORTE de NOVEDADES y los años de antigüedad en CANTIDAD de NOVEDADES

Para períodos anteriores a 01/2012, aplica el porcentaje adicional del Inc. b) del Art. 76 de la Ley 22248.

 

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