SYJ – Gremio Sanidad – CCT 108/75 y 122/75 – Acuerdo Salarial 2019:

Dado que se han presentado diferentes interpretaciones relacionadas con los aportes a cargo de los empleados sobre el nuevo Acuerdo, ponemos a disposición las fórmulas correspondientes, según la modalidad de liquidación que se adopte: 

Opción A: Si Ud. considera que sobre el nuevo aumento el empleado deberá realizar sólo aportes de Obra Social, y el empleador sólo la contribución correspondiente a Obra Social:

         – CCT 122/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa. 

         – CCT 108/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.  
 

Opción B: Si Ud. considera que sobre el nuevo aumento el empleado deberá realizar los aportes de: Jubilación, Ley 19032 y Obra Social, y el empleador sólo la contribución correspondiente a Obra Social:

         – CCT 122/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa. 

         – CCT 108/75: haga clic aquí para acceder a las indicaciones para descargar los conceptos correspondientes a esta alternativa.  

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